Como obtener tu residencia no lucrativa

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¿Qué es la residencia no lucrativa?

La residencia temporal no lucrativa es una autorización administrativa que permite a ciudadanos de fuera de la Unión Europea residir legalmente en España sin ejercer actividades laborales o profesionales. Esta figura está orientada a personas que desean establecerse en el país por motivos personales o familiares y cuentan con recursos económicos suficientes para mantenerse sin necesidad de trabajar.

Se trata de una opción especialmente recomendable para jubilados, inversores y personas que disponen de ahorros, rentas por alquileres, dividendos o ingresos de empresas que no operan en España que buscan disfrutar de una estancia prolongada, con el fin conocer y explorar su cultura.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitar la residencia no lucrativa los ciudadanos extracomunitarios que residan fuera de España y no se encuentren en situación irregular. La solicitud debe presentarse personalmente en el consulado o misión diplomática española correspondiente al país de residencia habitual.

No podrán acceder a este tipo de autorización los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni sus familiares beneficiarios del régimen comunitario.

Requisitos principales

Los solicitantes deben acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la normativa de extranjería, entre las que destacan:

•Disponer de medios económicos suficientes para el periodo de residencia: al menos el 400 % del IPREM mensual para el solicitante principal, y el 100 % adicional por cada miembro de la familia.

•Contar con un seguro médico público o privado que proporcione cobertura completa en España.

•Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido durante los últimos cinco años.

•No figurar como rechazable en el espacio Schengen.

•No padecer enfermedades que puedan tener repercusiones graves en la salud pública conforme al Reglamento Sanitario Internacional.

Frente al requisito de disponer de los medios económicos es necesario hacer la siguiente claridad:

Para el año 2025 las personas que quieran obtener la residencia no lucrativa deben demostrar 2400€ mensuales, por tanto, al ser concedida la residencia por un periodo de un año, el valor mínimo que debe demostrar corresponde a 28.800 euros anuales en 12 pagas o 33.600€ euros anuales en 14 pagas, esto último tienen cuenta que algunos consulados españoles de diferentes países exigen las 14 pagas y no las 12.

Lo mismo sucede con los medios económicos por cada uno de los familiares, correspondiente al 100% del IPREM por cada uno de ellos, por tanto deberá demostrar adicionalmente la suma de 7200 euros anuales en 12 pagas y/o 8400 euros anuales en 14 pagas según las exigencias de cada consulado español.

Documentación necesaria

Para tramitar la solicitud, el interesado debe aportar la siguiente documentación, debidamente apostillada o legalizada, según corresponda, y, cuando proceda, traducida al castellano:

•Formulario de solicitud en modelo oficial (EX–01), por duplicado.

•Pasaporte válido, con una vigencia mínima de un año.

•Certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades del país de origen y de los países en los que el interesado haya residido durante los últimos cinco años anteriores a su traslado a España.

•Certificado médico expedido en los tres meses previos a la presentación de la solicitud.

•Justificación de medios económicos suficientes, mediante extractos bancarios, títulos de propiedad, rentas u otros documentos acreditativos.

•Póliza de seguro médico y justificante de pago correspondiente.

•Comprobante del abono de las tasas administrativas establecidas.

•Declaración o compromiso expreso de no realizar actividades laborales o profesionales durante el periodo de residencia.

 

Procedimiento de solicitud

El procedimiento para solicitar la autorización de residencia temporal no lucrativa se desarrolla conforme a las siguientes etapas:

1. Presentación de la solicitud ante la misión diplomática o consulado español correspondiente.

2. Evaluación de la documentación por parte de la autoridad consular y, en su caso, requerimiento de información adicional.

3. Resolución de la solicitud en un plazo máximo de tres meses. La falta de respuesta dentro de este periodo se considera desestimación por silencio administrativo.

4. En caso de concesión, el visado deberá recogerse en el plazo de un mes.

5. El beneficiario dispondrá de tres meses desde la expedición del visado para entrar en España.

6. Una vez en territorio español, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) dentro del mes siguiente a su llegada.

Duración, renovación y obligaciones

La autorización inicial de residencia temporal no lucrativa tiene una duración de un año. Podrá renovarse por periodos de dos años, siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión.

Para la renovación, se exige acreditar residencia efectiva en España (al menos 183 días al año), la continuidad de los medios económicos y del seguro médico, así como el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de empadronamiento.

La residencia puede extinguirse por ausencia del territorio español superior a seis meses consecutivos, por realizar actividades laborales sin autorización o por incumplimiento de la normativa de extranjería.

Recomendaciones profesionales

• Preparar la documentación con antelación y revisar los requisitos específicos de cada consulado.


• Apostillas o Legalizar según el caso y traducir oficialmente todos los documentos extranjeros si a ello hubiere lugar.


• Mantener los justificantes de medios económicos y pólizas de seguro actualizados.


• Conservar copia de toda la documentación presentada y de las resoluciones administrativas.


• En caso de renovación, iniciar el trámite al menos 60 días antes del vencimiento de la autorización vigente, aunque podrás hacerlo dentro de los 90 días posteriores a su vencimiento, lo mas recomendable del caso es hacerlo dentro de los 60 días previos.

La residencia no lucrativa representa una opción viable y estable para quienes desean vivir en España sin ejercer actividad laboral. Cumplir rigurosamente con los requisitos y plazos establecidos por la normativa de extranjería garantiza un proceso más ágil y seguro, facilitando la permanencia legal en el país y el acceso a renovaciones posteriores.

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